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	<title>bienes raíces archivos - Universidad de Bolsa</title>
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		<title>La Ley de Vivienda entra en vigor</title>
		<link>https://www.universidaddebolsa.com/noticias/la-ley-de-vivienda-entra-en-vigor/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[udb]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 26 May 2023 09:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[bienes raíces]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de la Vivienda]]></category>
		<category><![CDATA[sector inmobiliario]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Ley de Vivienda entra este viernes en vigor entre críticas del sector inmobiliario. La norma impone nuevos límites a la subida del alquiler y rebaja la figura de gran tenedor de vivienda de diez a cinco inmuebles</p>
<p>La entrada <a href="https://www.universidaddebolsa.com/noticias/la-ley-de-vivienda-entra-en-vigor/">La Ley de Vivienda entra en vigor</a> se publicó primero en <a href="https://www.universidaddebolsa.com">Universidad de Bolsa</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Hoy <strong>ha entrado en vigor la Ley de Vivienda</strong> aprobada por el consejo de ministros, entre las críticas del sector inmobiliario. La norma va a imponer <strong>límites a las subidas del alquiler</strong>, y va a <strong>rebajar la figura del gran tenedor </strong>de vivienda de diez a cinco inmuebles.</p>



<h2 class="wp-block-heading">La Ley de Vivienda del gobierno de coalición entra en vigor</h2>



<p>La <strong><a href="https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/transportes/Paginas/2023/040523-nueva-ley-vivienda-2023.aspx#:~:text=El%2025%20de%20mayo%20se,de%20Recuperaci%C3%B3n%2C%20Transformaci%C3%B3n%20y%20Resiliencia.">Ley por el Derecho a la Vivienda</a></strong> ha entrado en vigor hoy viernes 26 de mayo, <strong>salvo lo relativo a los incentivos fiscales aplicables en el IRPF a los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda</strong>, que iniciarán su vigencia el 1 de enero de 2024.</p>



<h3 class="wp-block-heading">La Odisea de la aprobación de la Ley de Vivienda</h3>



<p>Publicada esta semana en el Boletín Oficial del Estado (<strong><a href="https://www.boe.es/">BOE</a></strong>),((BOE en el que está el texto refundido: <strong><a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-12203">https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-12203</a></strong>)) la Ley de la vivienda llega a buen puerto tras más de dos años de debate y <strong>duramente criticada</strong> por los promotores, empresarios, portales inmobiliarios y otras entidades, que <strong>consideran que esta ley no servirá para solucionar el problema de la vivienda en España</strong>.</p>



<p>Si bien el primer texto, en forma de anteproyecto, fue aprobado por el Consejo de Ministros en octubre del 2021.((Puedes verlo aquí: <strong><a href="https://www.mitma.gob.es/el-ministerio/buscador-participacion-publica/anteproyecto-de-ley-estatal-por-el-derecho-la-viv">https://www.mitma.gob.es/el-ministerio/buscador-participacion-publica/anteproyecto-de-ley-estatal-por-el-derecho-la-viv</a></strong>)) Cuatro meses más tarde llegó ya su forma de proyecto de ley, enviado al Congreso para su tramitación urgente. Sin embargo, <strong>su tramitación fue de todo menos rápida</strong>. </p>



<p><strong>Las negociaciones fueron largas y tendidas entre todas las partes</strong>: tanto en el seno del Gobierno de coalición y con los grupos parlamentarios. Finalmente, el Congreso dio luz verde a la Ley el pasado 27 de abril. Más tarde, el 17 de mayo, el Senado también aprobó la ley. Ocho días después, la Ley llegó al BOE y se proyectó su entrada en vigor este 26 de mayo.</p>



<p><strong>Se trata de la primera Ley estatal de Vivienda de la democracia</strong>&nbsp;y es una de las reformas recogidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y uno de los hitos acordados con la Comisión Europea para el desembolso de los fondos &#8216;Next Generation EU&#8217;.((<a href="https://planderecuperacion.gob.es/politicas-y-componentes/componente-2-plan-de-rehabilitacion-de-vivienda-y-regeneracion-urbana"><strong>Componente 2 del plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana</strong></a>))</p>



<h2 class="wp-block-heading">El contenido de la Ley de Vivienda</h2>



<p><strong><a href="https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/transportes/Paginas/2023/040523-nueva-ley-vivienda-2023.aspx#:~:text=El%2025%20de%20mayo%20se,de%20Recuperaci%C3%B3n%2C%20Transformaci%C3%B3n%20y%20Resiliencia.">Tal y como informa La Moncloa en su página web</a></strong>, hemos recogido un resumen claro de las novedades de la nueva Ley. En su explicación, justifican que la Ley «desarrolla el derecho recogido en la Constitución a una vivienda digna.»</p>



<p>En esta Ley se desarrollan medidas con el fin de aumentar el parque de vivienda social,((<a href="https://www.universidaddebolsa.com/noticias/el-gobierno-quiere-que-espana-pase-del-3-por-ciento-al-20-por-ciento-de-vivienda-publica/"><strong>El Gobierno quiere que España pase del 3% al 20% de vivienda pública</strong></a>)) controlar el mercado del alquiler y apoyar tanto a jóvenes y colectivos vulnerables el acceso a la vivienda. El Gobierno Central hace partícipe también a las CC.AA. y a los municipios. En este sentido, <strong>afirman que la ley va a dar herramientas que les permitirá contener o reducir el precio del alquiler y aumentar el parque de vivienda en alquiler social</strong>. De este modo, se descentralizará la aplicación de la Ley, en cuya aplicación jugarán un papel fundamental los gobiernos de turno. </p>



<p>Sin embargo, <strong>el sector inmobiliario no ha recibido bien estas medidas</strong>. Sus partícipes<strong> temen un gran descenso de la oferta de vivienda afirmando que va a desincentivarla enormemente</strong>.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Medidas sobre la vivienda pública</h3>



<ul class="wp-block-list">
<li>La ley tiene una serie de medidas para tratar de poner fin la venta indiscriminada de vivienda pública a fondos de inversión. </li>



<li>Prevé una calificación indefinida de la vivienda protegida para garantizar su condición al menos 30 años.</li>



<li>Impone un mínimo del 50% para vivienda en alquiler dentro del suelo de reserva para vivienda protegida. Además, también aumenta el porcentaje de reserva de ese suelo del 30 al 40% del suelo urbanizable y del 10 al 20% en suelo urbano no consolidado.</li>



<li>Elaboración y mantenimiento de un inventario del parque público de vivienda.</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading">Límites al precio del alquiler</h3>



<ul class="wp-block-list">
<li>La ley prevé beneficios fiscales y urbanísticos para toda aquella vivienda privada con alquiler a precio reducido, aplicable desde enero de 2024.</li>



<li>También permite la declaración de zonas de mercado residencial tensionado durante un período prorrogable de 3 años para poder aplicar medidas de reducción del alquiler.</li>



<li>Limitación del incremento máximo anual del alquiler al 3% en todos los contratos vigentes durante 2024. Además, en 2025 entrará en juego un nuevo índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento, que va a sustituir el IPC con el fin de evitar incrementos desproporcionados en la renta.</li>
</ul>



<p>En las zonas declaradas como tensionadas:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Posibilidad de prórroga extraordinaria anual para el arrendatario tras la finalización del contrato.</li>



<li>En nuevos contratos a nuevos inquilinos, limitación del alquiler a la renta del contrato anterior.</li>



<li>Posibilidad de aplicar los límites de los sistemas de índices de precios de referencia también a las viviendas que no hubiesen estado arrendadas en los últimos 5 años.</li>
</ul>



<p>Asimismo, se establece la posibilidad de aprobar sistemas de índices de precios de referencia por ámbitos territoriales estableciendo una base de datos de contratos de alquiler para realizar seguimiento y evaluación de las medidas adoptadas.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Mejoras para fortalecer el equilibrio en las relaciones entre arrendador y arrendatario</h3>



<ul class="wp-block-list">
<li>Prórroga extraordinaria de un año en los contratos de arrendamiento por situaciones acreditadas de vulnerabilidad social o económica</li>



<li>Gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato a cargo del arrendador (por ejemplo, la comisión o los honorarios de la agencia inmobiliaria)</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading">Protección contra desahucios</h3>



<ul class="wp-block-list">
<li>Mejoras para garantizar una comunicación efectiva entre el órgano judicial y los servicios sociales que logre, así, una atención rápida a las personas en situación de vulnerabilidad</li>



<li>Soluciones habitacionales para los afectados y, mientras estas soluciones llegan, ampliación de los plazos de suspensión de los lanzamientos</li>



<li>Cuando el demandante sea «gran tenedor» y la demanda de desahucio afecte a personas vulnerables, deberá acreditarse la aplicación de un procedimiento de conciliación o intermediación</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading">Nueva definición de gran propietario y vivienda vacía</h3>



<ul class="wp-block-list">
<li>Se podrá considerar «gran tenedor» a aquellos titulares de 5 o más inmuebles urbanos de uso residencial ubicados en la misma zona declarada como tensionada, cuando así lo solicite la comunidad autónoma</li>



<li>Definición de «vivienda vacía» para que los ayuntamientos puedan aplicar el recargo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a aquellas viviendas que lleven vacías más de 2 años, y siempre que el propietario tenga un mínimo de 4 viviendas en esta situación</li>



<li>Modulación del recargo del IBI (actualmente situado en el 50% de la cuota líquida del IBI), que podrá alcanzar el 150%</li>
</ul>
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