<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	>

<channel>
	<title>alquiler archivos - Universidad de Bolsa</title>
	<atom:link href="https://www.universidaddebolsa.com/tag/alquiler/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://www.universidaddebolsa.com/tag/alquiler/</link>
	<description>Universidad de Bolsa</description>
	<lastBuildDate>Tue, 30 May 2023 11:44:55 +0000</lastBuildDate>
	<language>es</language>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	<generator>https://wordpress.org/?v=6.9.4</generator>

<image>
	<url>https://www.universidaddebolsa.com/wp-content/uploads/2021/11/cropped-cropped-logo-web-150x150.png</url>
	<title>alquiler archivos - Universidad de Bolsa</title>
	<link>https://www.universidaddebolsa.com/tag/alquiler/</link>
	<width>32</width>
	<height>32</height>
</image> 
	<item>
		<title>La Ley de Vivienda entra en vigor</title>
		<link>https://www.universidaddebolsa.com/noticias/la-ley-de-vivienda-entra-en-vigor/</link>
					<comments>https://www.universidaddebolsa.com/noticias/la-ley-de-vivienda-entra-en-vigor/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[udb]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 26 May 2023 09:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[bienes raíces]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de la Vivienda]]></category>
		<category><![CDATA[sector inmobiliario]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.universidaddebolsa.com/?p=4282</guid>

					<description><![CDATA[<p>La Ley de Vivienda entra este viernes en vigor entre críticas del sector inmobiliario. La norma impone nuevos límites a la subida del alquiler y rebaja la figura de gran tenedor de vivienda de diez a cinco inmuebles</p>
<p>La entrada <a href="https://www.universidaddebolsa.com/noticias/la-ley-de-vivienda-entra-en-vigor/">La Ley de Vivienda entra en vigor</a> se publicó primero en <a href="https://www.universidaddebolsa.com">Universidad de Bolsa</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Hoy <strong>ha entrado en vigor la Ley de Vivienda</strong> aprobada por el consejo de ministros, entre las críticas del sector inmobiliario. La norma va a imponer <strong>límites a las subidas del alquiler</strong>, y va a <strong>rebajar la figura del gran tenedor </strong>de vivienda de diez a cinco inmuebles.</p>



<h2 class="wp-block-heading">La Ley de Vivienda del gobierno de coalición entra en vigor</h2>



<p>La <strong><a href="https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/transportes/Paginas/2023/040523-nueva-ley-vivienda-2023.aspx#:~:text=El%2025%20de%20mayo%20se,de%20Recuperaci%C3%B3n%2C%20Transformaci%C3%B3n%20y%20Resiliencia.">Ley por el Derecho a la Vivienda</a></strong> ha entrado en vigor hoy viernes 26 de mayo, <strong>salvo lo relativo a los incentivos fiscales aplicables en el IRPF a los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda</strong>, que iniciarán su vigencia el 1 de enero de 2024.</p>



<h3 class="wp-block-heading">La Odisea de la aprobación de la Ley de Vivienda</h3>



<p>Publicada esta semana en el Boletín Oficial del Estado (<strong><a href="https://www.boe.es/">BOE</a></strong>),((BOE en el que está el texto refundido: <strong><a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-12203">https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-12203</a></strong>)) la Ley de la vivienda llega a buen puerto tras más de dos años de debate y <strong>duramente criticada</strong> por los promotores, empresarios, portales inmobiliarios y otras entidades, que <strong>consideran que esta ley no servirá para solucionar el problema de la vivienda en España</strong>.</p>



<p>Si bien el primer texto, en forma de anteproyecto, fue aprobado por el Consejo de Ministros en octubre del 2021.((Puedes verlo aquí: <strong><a href="https://www.mitma.gob.es/el-ministerio/buscador-participacion-publica/anteproyecto-de-ley-estatal-por-el-derecho-la-viv">https://www.mitma.gob.es/el-ministerio/buscador-participacion-publica/anteproyecto-de-ley-estatal-por-el-derecho-la-viv</a></strong>)) Cuatro meses más tarde llegó ya su forma de proyecto de ley, enviado al Congreso para su tramitación urgente. Sin embargo, <strong>su tramitación fue de todo menos rápida</strong>. </p>



<p><strong>Las negociaciones fueron largas y tendidas entre todas las partes</strong>: tanto en el seno del Gobierno de coalición y con los grupos parlamentarios. Finalmente, el Congreso dio luz verde a la Ley el pasado 27 de abril. Más tarde, el 17 de mayo, el Senado también aprobó la ley. Ocho días después, la Ley llegó al BOE y se proyectó su entrada en vigor este 26 de mayo.</p>



<p><strong>Se trata de la primera Ley estatal de Vivienda de la democracia</strong>&nbsp;y es una de las reformas recogidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y uno de los hitos acordados con la Comisión Europea para el desembolso de los fondos &#8216;Next Generation EU&#8217;.((<a href="https://planderecuperacion.gob.es/politicas-y-componentes/componente-2-plan-de-rehabilitacion-de-vivienda-y-regeneracion-urbana"><strong>Componente 2 del plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana</strong></a>))</p>



<h2 class="wp-block-heading">El contenido de la Ley de Vivienda</h2>



<p><strong><a href="https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/transportes/Paginas/2023/040523-nueva-ley-vivienda-2023.aspx#:~:text=El%2025%20de%20mayo%20se,de%20Recuperaci%C3%B3n%2C%20Transformaci%C3%B3n%20y%20Resiliencia.">Tal y como informa La Moncloa en su página web</a></strong>, hemos recogido un resumen claro de las novedades de la nueva Ley. En su explicación, justifican que la Ley «desarrolla el derecho recogido en la Constitución a una vivienda digna.»</p>



<p>En esta Ley se desarrollan medidas con el fin de aumentar el parque de vivienda social,((<a href="https://www.universidaddebolsa.com/noticias/el-gobierno-quiere-que-espana-pase-del-3-por-ciento-al-20-por-ciento-de-vivienda-publica/"><strong>El Gobierno quiere que España pase del 3% al 20% de vivienda pública</strong></a>)) controlar el mercado del alquiler y apoyar tanto a jóvenes y colectivos vulnerables el acceso a la vivienda. El Gobierno Central hace partícipe también a las CC.AA. y a los municipios. En este sentido, <strong>afirman que la ley va a dar herramientas que les permitirá contener o reducir el precio del alquiler y aumentar el parque de vivienda en alquiler social</strong>. De este modo, se descentralizará la aplicación de la Ley, en cuya aplicación jugarán un papel fundamental los gobiernos de turno. </p>



<p>Sin embargo, <strong>el sector inmobiliario no ha recibido bien estas medidas</strong>. Sus partícipes<strong> temen un gran descenso de la oferta de vivienda afirmando que va a desincentivarla enormemente</strong>.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Medidas sobre la vivienda pública</h3>



<ul class="wp-block-list">
<li>La ley tiene una serie de medidas para tratar de poner fin la venta indiscriminada de vivienda pública a fondos de inversión. </li>



<li>Prevé una calificación indefinida de la vivienda protegida para garantizar su condición al menos 30 años.</li>



<li>Impone un mínimo del 50% para vivienda en alquiler dentro del suelo de reserva para vivienda protegida. Además, también aumenta el porcentaje de reserva de ese suelo del 30 al 40% del suelo urbanizable y del 10 al 20% en suelo urbano no consolidado.</li>



<li>Elaboración y mantenimiento de un inventario del parque público de vivienda.</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading">Límites al precio del alquiler</h3>



<ul class="wp-block-list">
<li>La ley prevé beneficios fiscales y urbanísticos para toda aquella vivienda privada con alquiler a precio reducido, aplicable desde enero de 2024.</li>



<li>También permite la declaración de zonas de mercado residencial tensionado durante un período prorrogable de 3 años para poder aplicar medidas de reducción del alquiler.</li>



<li>Limitación del incremento máximo anual del alquiler al 3% en todos los contratos vigentes durante 2024. Además, en 2025 entrará en juego un nuevo índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento, que va a sustituir el IPC con el fin de evitar incrementos desproporcionados en la renta.</li>
</ul>



<p>En las zonas declaradas como tensionadas:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Posibilidad de prórroga extraordinaria anual para el arrendatario tras la finalización del contrato.</li>



<li>En nuevos contratos a nuevos inquilinos, limitación del alquiler a la renta del contrato anterior.</li>



<li>Posibilidad de aplicar los límites de los sistemas de índices de precios de referencia también a las viviendas que no hubiesen estado arrendadas en los últimos 5 años.</li>
</ul>



<p>Asimismo, se establece la posibilidad de aprobar sistemas de índices de precios de referencia por ámbitos territoriales estableciendo una base de datos de contratos de alquiler para realizar seguimiento y evaluación de las medidas adoptadas.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Mejoras para fortalecer el equilibrio en las relaciones entre arrendador y arrendatario</h3>



<ul class="wp-block-list">
<li>Prórroga extraordinaria de un año en los contratos de arrendamiento por situaciones acreditadas de vulnerabilidad social o económica</li>



<li>Gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato a cargo del arrendador (por ejemplo, la comisión o los honorarios de la agencia inmobiliaria)</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading">Protección contra desahucios</h3>



<ul class="wp-block-list">
<li>Mejoras para garantizar una comunicación efectiva entre el órgano judicial y los servicios sociales que logre, así, una atención rápida a las personas en situación de vulnerabilidad</li>



<li>Soluciones habitacionales para los afectados y, mientras estas soluciones llegan, ampliación de los plazos de suspensión de los lanzamientos</li>



<li>Cuando el demandante sea «gran tenedor» y la demanda de desahucio afecte a personas vulnerables, deberá acreditarse la aplicación de un procedimiento de conciliación o intermediación</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading">Nueva definición de gran propietario y vivienda vacía</h3>



<ul class="wp-block-list">
<li>Se podrá considerar «gran tenedor» a aquellos titulares de 5 o más inmuebles urbanos de uso residencial ubicados en la misma zona declarada como tensionada, cuando así lo solicite la comunidad autónoma</li>



<li>Definición de «vivienda vacía» para que los ayuntamientos puedan aplicar el recargo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a aquellas viviendas que lleven vacías más de 2 años, y siempre que el propietario tenga un mínimo de 4 viviendas en esta situación</li>



<li>Modulación del recargo del IBI (actualmente situado en el 50% de la cuota líquida del IBI), que podrá alcanzar el 150%</li>
</ul>
<p>La entrada <a href="https://www.universidaddebolsa.com/noticias/la-ley-de-vivienda-entra-en-vigor/">La Ley de Vivienda entra en vigor</a> se publicó primero en <a href="https://www.universidaddebolsa.com">Universidad de Bolsa</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
					<wfw:commentRss>https://www.universidaddebolsa.com/noticias/la-ley-de-vivienda-entra-en-vigor/feed/</wfw:commentRss>
			<slash:comments>0</slash:comments>
		
		
			</item>
		<item>
		<title>La rentabilidad del alquiler baja al 7,1%</title>
		<link>https://www.universidaddebolsa.com/sin-categoria/la-rentabilidad-del-alquiler-baja-al-7-coma-1-por-ciento/</link>
					<comments>https://www.universidaddebolsa.com/sin-categoria/la-rentabilidad-del-alquiler-baja-al-7-coma-1-por-ciento/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[udb]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 11 Apr 2023 16:08:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Sin categoría]]></category>
		<category><![CDATA[alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[bonos]]></category>
		<category><![CDATA[España]]></category>
		<category><![CDATA[inmibiliaria]]></category>
		<category><![CDATA[inversión]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.universidaddebolsa.com/?p=4194</guid>

					<description><![CDATA[<p>La rentabilidad de alquilar una vivienda en propiedad baja al 7,1% en el primer trimestre. Prácticamente duplica las tasas que ofrecen los Bonos del Estado a 10 años, que marcan un 3,2%</p>
<p>La entrada <a href="https://www.universidaddebolsa.com/sin-categoria/la-rentabilidad-del-alquiler-baja-al-7-coma-1-por-ciento/">La rentabilidad del alquiler baja al 7,1%</a> se publicó primero en <a href="https://www.universidaddebolsa.com">Universidad de Bolsa</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>En cuanto a las inversiones inmobiliarias, el primer trimestre de 2023 ha vivido un <strong>descenso de la rentabilidad del alquiler</strong>, <strong>bajando al 7,1%</strong> debido a múltiples causas. De este modo, el alquiler prácticamente duplica las tasas que ofrecen los Bonos del Estado a 10 años, que marcan un 3,2%.</p>



<h2 class="wp-block-heading">El panorama de las inversiones inmobiliarias en 2023</h2>



<p>Hoy en día, <strong>el alquiler de oficinas continúa siendo la mejor inversión inmobiliaria</strong>. Según informa el Idealista, este tipo de inversión tiene una rentabilidad bruta media actual del 13,1%, lo que supera el 11% del mismo trimestre pero del año pasado. Tras el alquiler de oficinas se encuentra el de locales, que asciende del 9,4% al 9,7% de rentabilidad. <strong>La rentabilidad del alquiler de los garajes también ha aumentado</strong>, pasando del 6,4% al 7,1%.((<strong><a href="https://www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2023/04/11/805316-la-rentabilidad-de-la-vivienda-se-mantiene-en-el-7-1-en-el-primer-trimestre">https://www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2023/04/11/805316-la-rentabilidad-de-la-vivienda-se-mantiene-en-el-7-1-en-el-primer-trimestre</a></strong>))</p>



<h3 class="wp-block-heading">Rentabilidad del alquiler de viviendas en 2023</h3>



<p>En cuanto a las viviendas, esta se ha estabilizado en una media similar a la de los garajes. <strong>Lérida lidera el ranking de las capitales españolas</strong>, <strong>con un 8,3%</strong> de rentabilidad bruta media. Por detrás, empatando en segundo puesto, se encuentran Murcia y Jaén, donde la rentabilidad bruta media alcanza el 7,8%. Huelva y Teruel se quedan cerca, con un 7,5% y un 7,2% respectivamente, mientras que Almería y Castellón empatan en la franja del 7%.</p>



<p>¿Y dónde sale <strong>menos rentable alquilar la vivienda</strong>? Pues bien, según el estudio del Idealista, <strong>San Sebastián es la capital de provincia donde sale menos rentable alquilar la vivienda</strong>, con un 3,6% de rentabilidad bruta media. La Coruña y Palma le siguen estando once puntos por encima (4,7%). Por otro lado, en Madrid y Barcelona, las principales ciudades españolas, la rentabilidad por alquilar la vivienda se queda en un 4,9% y 5,4% respectivamente.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Qué hay de los locales?</h3>



<p>Al analizar los locales comerciales<strong>, las mayores rentabilidades se ven en Huelva</strong>, que se encuentra por encima de la media y marca un 12%. También podemos ver por encima de la media, del 9,7%, otras capitales como Santander, con un 10,9%, Murcia y Lleida, ambas con un 10,7%, Girona, con un 10,4%, Ávila y Lugo, que comparten rentabilidad con un 10,2%, y Bilbao y Valencia, que marcan ambas un 10,1%. </p>



<p>En cuanto a Madrid y Barcelona, vuelven a encontrarse por debajo de la media con un 8,2% en ambos casos. Por detrás de las dos se encuentran <strong>Cuenca</strong>, <strong>que es el mercado con menor rentabilidad al marcar un 5,9%</strong>, Toledo, con un 7%, y Jaén, que marca un 7,2%.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Las oficinas, líderes del mercado inmobiliario.</h3>



<p>Por su parte, <strong>las oficinas marcan su porcentaje más alto de rentabilidad en&nbsp;Sevilla</strong>,&nbsp;con un 16,2% bruto, y se convierte en la única capital por encima de la media de España, que registra una rentabilidad del 13,1%. Tras ella se encuentran&nbsp;Albacete, con un 11,2%,&nbsp;Zaragoza,&nbsp;con un porcentaje cercano que marca un 11%, y&nbsp;Almería,&nbsp;con un 10,9%. Por último, en&nbsp;Barcelona&nbsp;la rentabilidad se sitúa en el 7,9%.</p>



<p>En el lado de las capitales menos rentables se encuentran&nbsp;Bilbao, que marca un 6%,&nbsp;Santa Cruz de Tenerife,<strong>&nbsp;</strong>con un 6,4%,&nbsp;Salamanca,&nbsp;donde tienen una rentabilidad del 6,5% y&nbsp;Ourense y Palencia,&nbsp;ambas con un 6,6%.&nbsp;Madrid&nbsp;se sitúa con 6,7% como la más rentable de este grupo.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Los garajes aumentan su rentabilidad este año</h3>



<p>En último lugar, los garajes, con un rentabilidad media en el país del 7,1%, <strong>marcan máximo en&nbsp;Murcia</strong>,&nbsp;<strong>con un 10,2%</strong>, tras la que van&nbsp;Castellón,&nbsp;con un 8,7%,&nbsp;Ávila, que marca un 7,5%, y&nbsp;Lérida,&nbsp;en la que la rentabilidad es del 7,2%. En el lado opuesto, por debajo de la media de España se encuentran&nbsp;Madrid,&nbsp;con una tasa de retorno que se sitúa en el 5,1% y&nbsp;Barcelona,<strong>&nbsp;</strong>con un 6,3%.</p>



<p>Por último, <strong>la capital con los garajes menos rentables actualmente es&nbsp;Salamanca</strong>, con un 2,9%. La lista la completan&nbsp;Orense, que marca un 3%, y&nbsp;Santander y Palencia,&nbsp;que comparten rentabilidad con un 3,4% en los dos casos.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.universidaddebolsa.com/sin-categoria/la-rentabilidad-del-alquiler-baja-al-7-coma-1-por-ciento/">La rentabilidad del alquiler baja al 7,1%</a> se publicó primero en <a href="https://www.universidaddebolsa.com">Universidad de Bolsa</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
					<wfw:commentRss>https://www.universidaddebolsa.com/sin-categoria/la-rentabilidad-del-alquiler-baja-al-7-coma-1-por-ciento/feed/</wfw:commentRss>
			<slash:comments>0</slash:comments>
		
		
			</item>
	</channel>
</rss>
